Familiares que puedes reagrupar cuando tienes la nacionalidad española.

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✨Familiares que puedes reagrupar cuando tienes la nacionalidad española. ✨

🇪🇦 Por intermedio del presente agradecer la confianza de nuestros clientes que ya han obtenido su nacionalidad española en tiempo record. Enhorabuena!!!
 
👩‍🏫🧑‍🏫 Obtener la nacionalidad española te brinda la oportunidad de traer a tus seres queridos a vivir contigo en España.
 
⬇️Si ya tienes la ciudadanía española, puedes tramitar la reagrupación de tus familiares.
 
📖 La normativa vigente concede a estos familiares una tarjeta de residencia de 5 años, con permiso para vivir y trabajar en España.
 
🧑‍⚖️ ¿Qué familiares puedes reagrupar al obtener la nacionalidad española? La ley española contempla la reagrupación de un amplio grupo de familiares cercanos.
 
🌎 Estos son los familiares que puedes reagrupar al obtener la nacionalidad española:
✔️ Cónyuge, mayor de 18 años, siempre que no exista divorcio o nulidad del matrimonio.
Pareja de hecho registrada, inscrita en un registro oficial de parejas de hecho.
✔️ Pareja estable no registrada relación análoga a la conyugal, demostrable con al menos 12 meses de convivencia continuada, o con hijos en común.
✔️ Hijos e hijas del ciudadano español (o de su cónyuge/pareja), que sean menores de 26 años. Los hijos mayores de 26 años también pueden reagruparse si se demuestra que están a cargo del familiar español o si tienen alguna discapacidad que requiera apoyo.
✔️ Padres y madres del ciudadano español (o de su cónyuge/pareja) mayores de 80 años. Si tienen menos de 80 años podrían reagruparse cuando acrediten que están a cargo y carecen de apoyo familiar en origen.
✔️ Padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española, si tu hijo/a es español menor de edad, tú como progenitor o tutor puedes obtener residencia por arraigo familiar, siempre que convivas con el menor.
✔️ Familiar cuidador de un ciudadano español dependiente: un único familiar (hasta segundo grado de parentesco) que atienda a una persona española con un grado de dependencia reconocido por la ley.
✔️ Hijos de padre o madre españoles de origen, abarca a hijos de personas que sean o hayan sido españolas de origen, incluso si el progenitor obtuvo la nacionalidad por nacimiento.
✔️ Otros familiares dependientes (familia extensa) no incluidos en los puntos anteriores, hasta el segundo grado de parentesco, que se hallen a cargo del ciudadano españo. Esto abre la puerta a reagrupar, por ejemplo, a hermanos, abuelos o sobrinos, siempre que se demuestre fehacientemente que dependen económicamente del reagrupante español.
 
⬇️ Requisitos para una reagrupación exitosa:
Para tramitar la reagrupación, deberás acreditar la relación familiar y cumplir acorde a tu particular situación con los requisitos establecidos en la norma.
Si tienes alguna duda contáctanos estaremos encantad@s de atenderte.
El proceso puede ser complejo, pero con la documentación adecuada y la ayuda profesional es totalmente viable y aumenta las garantías de éxito de la solicitud.
¡Contáctanos y da el primer paso para reunir a tu familia en España!
 
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