¿Quieres estudiar en España?

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🎓 ¿Quieres estudiar en España?

En el presente post absolveremos las continuas consultas sobre la edad mínima para realizar estudios en España y tendremos presente lo recientemente publicado sobre los “Criterios de Gestión Sobre Autorizaciones de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Servicios de Voluntariado y Actividades Formativas”.
 
🧾 ¿Qué establece el nuevo criterio de gestión en relación a la edad?
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha emitido una nueva interpretación administrativa que aclara un aspecto controvertido: la edad del solicitante.
EDAD MÍNIMA:
✅En el supuesto de los estudios superiores (52.1.a RLOEx), si la persona extranjera tiene diecisiete años, deberá presentar la solicitud ante la oficina consular, independientemente de que cumpla los 18 años durante el curso académico.
✅Se entenderá que la persona solicitante cuenta con la edad requerida para cursar estudios superiores, aun teniendo una edad cronológica inferior, siempre y cuando aporte una resolución o reconocimiento oficial de la autoridad educativa del país de origen en la que se refleje que el alumno o alumna presenta altas capacidades intelectuales y que ha finalizado los estudios previos a los superiores a una edad inferior a la establecida con carácter general.
 
⬇️Las únicas vías previstas para cursar estudios en España en virtud de una autorización para tal fin siendo menor de edad son:
✔️ la excepción para los estudios superiores: 17 años si se solicita desde la oficina consular o acreditación oficial de altas capacidades intelectuales,
✔️ la participación en un programa de movilidad de alumnos con el fin de seguir un programa de enseñanza secundaria obligatoria o postobligatoria (artículo 52.1.c RLOEx), o
✔️ el desplazamiento temporal de menores extranjeros con fines de escolarización en el marco de un programa de carácter humanitario (artículo 164 RLOEx).
 
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